La Organización Internacional de Trabajo estima que hay 152 millones de niños que realizan trabajo infantil y 73 millones de los cuales llevan a cabo trabajos peligrosos. El 70% de todo el trabajo infantil tiene lugar en el sector agrícola y obedece principalmente a situaciones de pobreza y a las dificultades de los padres para encontrar un empleo decente.
Normativa internacional que sustenta la protección del niño contra el trabajo infantil.
- Convención de los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
La protección contra el trabajo infantil, se fundamente en la Convención de los Derechos del Niño en su artículo 32 que señala lo siguiente:
“Los Estados Partes reconocen el derecho del niño a estar protegido contra la explotación económica y contra el desempeño de cualquier trabajo que pueda ser peligroso o entorpecer su educación, o que sea nocivo para su salud o para su desarrollo físico, mental, espiritual, moral o social.
Los Estados Partes adoptarán medidas legislativas, administrativas, sociales y educacionales para garantizar la aplicación del presente artículo. Con ese propósito y teniendo en cuenta las disposiciones pertinentes de otros instrumentos internacionales, los Estados Partes, en particular:
- Fijarán una edad o edades mínimas para trabajar;
- Dispondrán la reglamentación apropiada de los horarios y condiciones de trabajo;
- Estipularán las penalidades u otras sanciones apropiadas para asegurar la aplicación efectiva del presente artículo
- Convenio 138 de la OIT por el cual se establece la edad mínima de empleo.
Atendiendo a este importante reconocimiento, en 1976 la Organización Internacional de Trabajo (OIT) emite el Convenio 138 sobre la edad mínima de empleo cuyo objetivo principal es la abolición efectiva del trabajo infantil, para lo cual exige a los países lo siguiente:
- Fijen una edad mínima de admisión al empleo o trabajo. Este requisito previsto en el Convenio 138, tiene fundamento en el artículo 32 de la Convención sobre los Derechos del Niño de Naciones Unidas.
- Establezcan políticas nacionales para la eliminación del trabajo infantil.
- Convenio 182 de la OIT sobre las peores formas de Trabajo infantil. Aprobado en 1999
El Convenio 182 representa un hito en la historia de la Organización Internacional de Trabajo, ya que los 187 Estados Miembros ratificaron esta convención internacional del trabajo.
Este convenio tiene como propósito erradicar las peores formas de trabajo infantil, incluidas la esclavitud, explotación sexual y utilización de niños en conflictos armados u otros trabajos ilícitos o peligros que puedan afectar la salud, moral o bienestar de los niños.
Conforme información dada por la OIT, el trabajo infantil incluida sus peores formas, disminuyo en casi un 40% de 2000 a 2016, a raíz del aumento del índice de ratificación de los Convenios 182 y 138 y la adaptación de legislaciones y políticas eficaces en los países.